La reserva del derecho de tasación pericial contradictoria es un derecho que tenemos todos los contribuyentes para ejercer alegaciones y presentar un informe de tasación oficial contra la comprobación de valores de Hacienda.
La reserva de derecho viene regulada en el apartado 1 del artículo 135 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre (BOE de 18 de diciembre), General Tributaria.
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