
El impuesto de plusvalía municipal ha sido objeto de numerosas controversias legales en los últimos años. Muchas personas que han vendido su vivienda a pérdidas han pagado este tributo de manera injusta y ahora tienen derecho a reclamar su devolución. En Perytas, te explicamos cómo una tasación puede ser clave para recuperar la plusvalía pagada.
¿Qué es la plusvalía municipal?
La plusvalía municipal, formalmente conocida como Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un tributo que grava el supuesto incremento del valor de un inmueble entre el momento de su adquisición y su venta o transmisión.
Este impuesto lo gestionan los ayuntamientos y su cálculo tradicionalmente se realizaba de manera objetiva, presumiendo un incremento del valor del terreno sin considerar si realmente se había producido una ganancia o una pérdida patrimonial.
¿Cómo actuar en caso de recibir una reclamación de pago de plusvalía?
Si has recibido una liquidación por plusvalía municipal y crees que no corresponde, es importante conocer los pasos a seguir para reclamar.
Pagar y luego reclamar
En la mayoría de los casos, para evitar sanciones o recargos, lo recomendable es abonar la cantidad exigida por el ayuntamiento y posteriormente iniciar el proceso de reclamación. Para ello, contar con un informe de tasación que demuestre que el valor de venta es inferior al de compra es fundamental.
Pérdida patrimonial, clave para reclamar el impuesto de plusvalía
La clave para reclamar la plusvalía municipal es demostrar que se ha producido una pérdida patrimonial. Es decir, que el inmueble se ha vendido a un precio inferior al que se compró. En este caso, según la jurisprudencia actual, no hay hecho imponible y, por lo tanto, el impuesto no debería haberse cobrado.
Venta a pérdidas de una vivienda
Si vendiste tu vivienda por un precio menor al que pagaste al adquirirla, puedes reclamar la plusvalía pagada. Para ello, necesitarás acreditar la pérdida con documentación fehaciente, como escrituras de compra y venta, inversiones realizadas en el inmueble o un informe de tasación.
Tasación inferior a fecha de compra respecto a fecha de venta
El informe de tasación retroactiva es una prueba clave en la reclamación del impuesto de plusvalía. Una valoración independiente puede demostrar que el valor del inmueble no ha aumentado o incluso ha disminuido, lo que refuerza la argumentación legal para solicitar la devolución del tributo.
¿Necesitas ayuda con la tasación de tu inmueble?
Si has pagado plusvalía municipal tras vender tu vivienda a pérdidas, podemos ayudarte a reclamar su devolución. Contacta con nosotros y te asesoraremos en cada paso del proceso.
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Preguntas frecuentes sobre la plusvalía municipal
Al vender un piso, ¿quién paga la plusvalía?
El vendedor del inmueble es quien está obligado a pagar la plusvalía municipal, salvo en casos de herencia o donación, donde el receptor del bien es quien asume el pago.
¿Se puede reclamar plusvalía ya pagada?
Sí. Según la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2024, si se puede demostrar que no hubo incremento de valor del inmueble, es posible solicitar la devolución de lo pagado, incluso en liquidaciones firmes.
¿Cómo solicitar la devolución del pago de plusvalía?
El proceso de reclamación se realiza ante el ayuntamiento correspondiente mediante un escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos. Es fundamental aportar documentación que acredite la pérdida patrimonial, como escrituras y una tasación profesional.
¿Cuándo no se paga plusvalía?
No se paga plusvalía en los siguientes casos:
- Cuando se demuestra que no ha habido incremento de valor del inmueble.
- En determinadas transmisiones como daciones en pago en casos de ejecución hipotecaria.
- En el plazo de tiempo en el que el impuesto estaba declarado inconstitucional.
¿Qué pasa si no pago la plusvalía?
Si no se abona el impuesto dentro del plazo establecido, el ayuntamiento puede imponer recargos y sanciones. En caso de impago prolongado, podría iniciarse un procedimiento de apremio que puede derivar en embargos.