Venta de un inmueble con un propietario menor o incapacitado

Hoy os traemos a nuestro blog de tasaciones un tema que es bastante habitual en el día a día de una empresa tasadora. Os vamos a hablar de la tasación oficial que se precisa cuando se requiere de la autorización judicial para la venta cualquier propiedad cuando al menos uno de sus propietarios es menor de edad o está incapacitado. El tutor legal como responsable de la gestión del patrimonio que dispone una persona que es menor de edad o que tiene una incapacidad judicial, es la persona que debe solicitar al juez la autorización de venta de la propiedad o propiedades que se precisen vender.

¿Por qué se necesita una autorización judicial de venta de una propiedad?

Cuando se procede a la venta de una o más propiedades en las que uno de los propietarios es menos o incapaz, se debe actuar en virtud del artículo 271.2ª del Código Civil, el tutor está obligado a recibir la autorización judicial para enajenar bienes inmuebles. Dicha autorización judicial actúa como una protección al propietario, para que un tercero no actúe en perjuicio del menor o incapaz.

¿Cuánto tarda la autorización judicial?

No se trata de un procedimiento rápido, por lo que habrá que planear bien los tiempos entre la compraventa de la propiedad y la autorización del juez. Se estima que el plazo medio de resolución es de unos 6 meses desde que se presenta la información y siempre y cuando todos los documentos solicitados por el juzgado se entreguen en tiempo y forma.

Además, en los casos en los que la autorización sea por la incapacidad de una persona, deberá iniciar el proceso de incapacitación antes de la autorización.

¿Cómo se puede vender tras recibir la autorización judicial?

Una vez que el juez aprueba la autorización judicial de venta, el inmueble solo se podrá vender por encima del valor tasado. Esto se debe a que como y hemos dicho anteriormente, la autorización judicial es una protección al propietario, para que un tercero no actúe en perjuicio del menor o incapaz.

En el caso de una vivienda que se tase por 100.000€, una vez autorizada la venta por un juez, no se podrá vender por debajo de esos 1000.000€, siendo este, su precio mínimo.

Es probable también que el juez, establezca medidas de control necesarias para garantizar que el dinero obtenido de una compraventa se destine a la finalidad expresada en la solicitud de la autorización.

Además, una vez que se ha admitido a trámite, se celebrará una comparecencia a la que se citará a todas las partes, incluso, al tasador que ha realizado el informe de valoración, cuando se crea conveniente que debe dar respuesta a algunas cuestiones sobre el informe.

Es importante disponer de una prueba de valor objetiva y profesional para obtener la autorización del juez para la venta de una propiedad. ¡Contacte con nuestros gestores sin compromiso y le ayudarán con todas sus consultas!

He leído y acepto la política de privacidad

Comparte este artículo