Sabemos que el proceso de aceptación y reparto de una herencia puede ser complejo y lleno de particularidades legales. En muchas ocasiones, la “complejidad legal” se une al desacuerdo entre las partes en el reparto de la herencia. Es por esto que es importante entender los pasos y los actores involucrados para realizar adecuadamente este trámite. En esta guía, desglosamos los aspectos fundamentales que necesitas conocer sobre las herencias.
¿Qué especialistas participan en el reparto de una herencia?
Debes saber que vas a tener que contactar con diferentes especialistas que le van a guiar en el reparto de la herencia. Es el caso de abogados, notarios, gestores o tasadores.
Abogados especialistas en herencias
Son esenciales para asesorar a los herederos sobre sus derechos y obligaciones, interpretar testamentos y representar a los herederos en posibles disputas. Un abogado especializado en herencias puede facilitar el proceso y evitar errores.
La participación de notarios en el proceso de herencia
Se encargan de formalizar los actos y documentos necesarios en el proceso de la herencia, como la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia. También garantizan que todas las partes cumplan con las normativas legales vigentes.
Tasadores especialistas en herencias
Pese a que no son profesionales obligatorios en el reparto de herencias, los tasadores de herencias juegan un papel fundamental en las mismas. Son los encargados de determinar y aclarar el valor real de los bienes resultantes de la herencia.
¿Qué diferencia hay entre una herencia con testamento y sin testamento?
La diferencia entre una herencia con testamento y sin testamento estriba únicamente en quien son los herederos de la misma.
En el caso de una herencia con testamento, la herencia debe quedar dividida en tres tercios, de los cuales dos tercios es la legítima y un tercio es de libre disposición.
Por el contrario, cuando se trata de una herencia sin testamento, la Ley declara como herederos a los herederos forzosos, es decir, descendientes, ascendientes o cónyuges.
En caso de que no existan ascendientes, descendientes ni cónyuge, la herencia pasaría de forma horizontal a los hermanos e hijos de los hermanos.
¿Qué trámites hay que realizar en el reparto de una herencia?
Ante el fallecimiento de un familiar y la adquisición de la herencia, existen un conjunto de acciones que se deben llevar a cabo para iniciar el procedimiento legal de aceptación de herencia.
En primer lugar, la obtención del Certificado de Fallecimiento, que consiste en la obtención de un documento oficial, que acredita la muerte del causante. La obtención del certificado se puede realizar de forma telemática a través del Ministerio de Justicia o de manera presencial en el Registro Civil.
En segundo lugar, se debe comprobar si existe testamento. Para ello se debe obtener el Certificado de Actos de Última Voluntad. A diferencia del certificado de fallecimiento, el Certificado de Actos de Última Voluntad SI tiene coste.
El tercer paso, siempre que lo hubiese, consistiría en obtener el testamento. En este paso, podemos encontrar hasta 4 situaciones diferentes.
- 1. Testamento cerrado: Por lo que los familiares deben de ir a notaría.
- 2. Testamento abierto: Por lo cual, los herederos ya conocen las últimas voluntades.
- 3. Testamento pero la notaría ha cerrado o el notario ha fallecido: Por lo que se debe acudir al Colegio Notarial para conocer qué notaría ha heredado los expedientes.
- 4. Que no haya testamento: Por lo que los familiares deberán realizar una declaración de herederos.
A menudo ocurre que los herederos desconocen los bienes del causante. Es por ello que, el cuarto trámite en el reparto de una herencia, es la de conocer de qué bienes disponía la persona fallecida. Para ello, se deben de pedir las notas simples registrales. En el caso de NO conocer las propiedades, se debe solicitar una nota de localización al Registro de la Propiedad.
Además, se debe de conocer la disponibilidad de activos financieros mediante certificados de saldos en las entidades bancarias o acudiendo al Banco de España y solicitando un certificado de posiciones y movimiento de las cuentas. En caso de disponer de la propiedad de vehículos, se debe acudir a la DGT y solicitar un listado de los vehículos.
Por último se debe decidir qué hacer con la herencia (aceptar o renunciar) y, en caso de aceptar, proceder con el reparto de los bienes y la liquidación de los impuestos.
Algunos conceptos para entender las partes de una herencia
Cuando hablamos de herencias es importante conocer todas las partes que intervienen en una herencia. Por ello, es vital aclarar algunos conceptos importantes en las herencias.
Tercio de legítima
El tercio de legítima viene definido en el Art 806 del Código Civil. Se trata de la porción de los bienes de la herencia que se reservan por Ley a los herederos forzosos.
Tercio de mejora
El tercio de mejora se aplica en el caso de que el causante quiera beneficiar a uno de los descendientes directos. Por tanto, se puede beneficiar a unos hijos respecto a otros. Para poder aplicar el tercio de mejora, el causante debe haberlo dejado escrito en su testamento.
Tercio de libre disposición
Es la porción de la herencia que el causante puede beneficiar a cualquier persona, física o jurídica. El tercio de libre disposición se puede destinar a quien el causante quiera, sin necesidad de ser familiares o descendientes.
Herederos forzosos
Los herederos forzosos son las personas que, según establece el artículo 807 del Código Civil, deben recibir de forma obligatoria una parte de la herencia. Son herederos forzosos, los hijos y descendientes, en caso de que no hubiese, los padres o ascendientes, y en el caso de que no los hubiese, el cónyuge viudo del fallecido. En el caso de que no existan ninguna de estas figuras, serán los hermanos y los hijos de los hermanos los herederos forzosos.
¿Cómo realizar correctamente el reparto de los bienes de una herencia?
Ahora que ya hemos desgranado los entresijos de las herencias, es debido comentar que realizar correctamente el reparto de una herencia es vital para no tener problemas familiares ni fiscales.
Por ello, además de conocer los trámites, documentos que vas a necesitar y partes que componen la herencia, es muy importante conocer el valor de mercado de los bienes, conocer el concepto de usufructo y el valor del ajuar doméstico.
Conoce el valor de mercado de los bienes de la herencia
Quizá el punto más importante cuando hablamos de herencias. Es de vital importancia que se le asigne un valor de mercado real a los bienes que se han heredado. En el día a día, nos encontramos multitud de familias que se encuentran en disputas legales por los bienes que han heredado; “yo creo que esto vale mucho”, “es que mi hermano no quiere venderlo por tan poco dinero”, “en la familia no sabemos qué valor tienen los bienes” También nos encontramos con clientes que nos consultan sobre si utilizar el valor de mercado o el valor catastral para el reparto de la herencia.
Siempre vamos a recomendar que, en caso de desacuerdo o desconocimiento con los valores de una herencia, antes de acudir a un valor de referencia o a un valor fiscal, se acuerde en la familia realizar una tasación de herencia. Puedes ampliar esta información en el post 4 ventajas de contratar un tasador de herencias.
En nuestro blog, también hemos hablado sobre la forma en la que vender una propiedad de un heredero a otro.
¿Qué sucede con el usufructo de una propiedad en caso de herencia?
En el ámbito de las herencias, cuando se realiza testamento, aparece el concepto de usufructo. Es importante conocer el concepto de usufructo ya que, como derecho real, es un limitante a la disponibilidad de los bienes de la herencia por parte del resto de herederos.
El usufructo es el derecho que el causante da a uno de los herederos de disfrutar uno de sus bienes hasta el fallecimiento del heredero. Es decir, el derecho de uso y disfrute de una propiedad hasta su muerte.
El usufructo por tanto, afecta a la aceptación de la herencia ya que, las propiedades pueden quedar afectadas por el derecho de uso de por vida para alguno de los herederos.
¿Qué valor tiene el ajuar doméstico de la herencia?
En muchas herencias los herederos se “pelean” hasta por los cubiertos que han heredado. Es importante que sepáis que el valor del ajuar doméstico viene regulado en la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en su artículo 15. El artículo nos incide que el valor del ajuar doméstico se calcula como un 3% del valor de la masa hereditaria.
Hemos abordado diferentes cuestiones sobre las herencias en este post que esperamos que sea de utilidad para todos aquellos clientes con dudas sobre su herencia. ¿Necesitas un informe de tasación? ¡No dudes en contactar con Perytas para recibir un presupuesto ajustado a tus necesidades!